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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 29 de noviembre de 2023

Sentencia C2306005M

Toda persona jurídica en El Salvador debe presentar anualmente, dentro del mes de enero, el Formulario F-915 informando el listado de sus socios o accionistas.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa de $756.00 impuesta a una sociedad por no presentar el Formulario F-915 con el listado de sus accionistas del ejercicio 2021. El contribuyente argumentó erróneamente que solo estaba obligado a hacerlo si distribuía dividendos, pero el Tribunal aclaró que la ley exige presentar dicho listado anualmente, independientemente de si hubo o no reparto de utilidades.

Qué deja este caso

Toda persona jurídica en El Salvador debe presentar anualmente, dentro del mes de enero, el Formulario F-915 informando el listado de sus socios o accionistas. Esta es una obligación formal independiente y obligatoria, sin importar si se distribuyeron o no dividendos en el ejercicio anterior.

Montos en disputa

$756.00

multa

$756.00

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no remitir el listado de socios, accionistas o cooperados correspondiente al ejercicio 2021, a través del…
  2. Confirmado 2 · La DGII defendió la legalidad de su procedimiento.