Sentencia C2306005M
Toda persona jurídica en El Salvador debe presentar anualmente, dentro del mes de enero, el Formulario F-915 informando el listado de sus socios o accionistas.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal confirma una multa de $756.00 impuesta a una sociedad por no presentar el Formulario F-915 con el listado de sus accionistas del ejercicio 2021. El contribuyente argumentó erróneamente que solo estaba obligado a hacerlo si distribuía dividendos, pero el Tribunal aclaró que la ley exige presentar dicho listado anualmente, independientemente de si hubo o no reparto de utilidades.
Qué deja este caso
Toda persona jurídica en El Salvador debe presentar anualmente, dentro del mes de enero, el Formulario F-915 informando el listado de sus socios o accionistas. Esta es una obligación formal independiente y obligatoria, sin importar si se distribuyeron o no dividendos en el ejercicio anterior.
Montos en disputa
$756.00
multa
$756.00
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no remitir el listado de socios, accionistas o cooperados correspondiente al ejercicio 2021, a través del… Art. 124
- Confirmado 2 · La DGII defendió la legalidad de su procedimiento. Art. 260
Los 2 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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