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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 19 de noviembre de 2012 · Tasación/Multa

Sentencia C1112006M

Los contribuyentes deben atender de forma diligente, completa y dentro del plazo todos los requerimientos de información emitidos por la Administración Tributaria.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Administración Tributaria (DGII) multó a una empresa por no responder a dos requerimientos de información sobre sus operaciones con un tercero. La empresa apeló, argumentando que ya había proporcionado la información en su declaración semestral (F-987) y que su entrega tardía constituía una infracción menor. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la multa, estableciendo que la obligación de responder a requerimientos específicos de fiscalización es independiente de las declaraciones periódicas y que el incumplimiento del plazo configura la infracción de 'no proporcionar', siendo la entrega posterior solo una causa para atenuar la sanción.

Qué deja este caso

Los contribuyentes deben atender de forma diligente, completa y dentro del plazo todos los requerimientos de información emitidos por la Administración Tributaria. Asumir que la información ya fue entregada en declaraciones anteriores no exime de esta obligación, cuyo incumplimiento es sancionado, aunque la subsanación posterior puede servir como atenuante para reducir la multa.

Montos en disputa

$71,369.89

multa

$71,369.89

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la sociedad por no proporcionar información y documentación detallada sobre operaciones con un tercero, la cual fue requerida en…