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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 30 de julio de 2024

Sentencia 011-0324

Toda persona jurídica, incluyendo asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, tiene la obligación formal de presentar anualmente el informe F-915 para reportar su listado de socios…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa de $3,240.00 impuesta por la DGII a una asociación sin fines de lucro por no presentar el informe F-915 (listado de socios) del año 2021. El Tribunal aclara que todas las personas jurídicas, incluidas las no lucrativas, están obligadas a presentar dicho informe para identificar a sus miembros, independientemente de si distribuyen utilidades o no. Se desestima la solicitud de atenuante del contribuyente por no haber cumplido los requisitos legales para su aplicación.

Qué deja este caso

Toda persona jurídica, incluyendo asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, tiene la obligación formal de presentar anualmente el informe F-915 para reportar su listado de socios, accionistas o cooperados a la Administración Tributaria. El hecho de no distribuir utilidades no exime de esta obligación, y su incumplimiento conlleva sanciones económicas significativas.

Montos en disputa

$3,240.00

multa

$3,240.00

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la asociación por no remitir el 'Informe sobre Distribución o Capitalización de Utilidades, Dividendos o Excedentes y/o Listado de…