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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 28 de agosto de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1705024T

Es crucial que todo contribuyente documente y conserve rigurosamente los soportes del origen de todos los fondos que ingresan a sus cuentas bancarias, especialmente si son montos significativos o provienen del exterior. La falta de justificación puede llevar a que la autoridad tributaria presuma que se trata de renta gravada no declarada, invirtiendo la carga de la prueba en contra del contribuyente.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $85,393.62 a un contribuyente por un incremento patrimonial no justificado de $284,645.38. Dicho incremento fue detectado a través de depósitos en sus cuentas bancarias personales, incluyendo transferencias del exterior, cuyo origen el contribuyente no pudo documentar ni justificar adecuadamente durante la fiscalización.

Qué deja este caso

Es crucial que todo contribuyente documente y conserve rigurosamente los soportes del origen de todos los fondos que ingresan a sus cuentas bancarias, especialmente si son montos significativos o provienen del exterior. La falta de justificación puede llevar a que la autoridad tributaria presuma que se trata de renta gravada no declarada, invirtiendo la carga de la prueba en contra del contribuyente.

Montos en disputa

$85,393.62

impuesto determinado

$85,393.62

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que el contribuyente recibió depósitos en sus cuentas bancarias por un total de $284,645.38, cuyo origen no fue justificado con documentación de respaldo. Al no poder demostrar la procedencia de los fondos, la DGII presumió que se trataba de rentas gravadas no declaradas, de conformidad con el Código Tributario.
  2. Confirmado 2 · La DGII sostuvo que no está obligada a notificar al contribuyente cada requerimiento de información que realiza a terceros (bancos) durante la fiscalización. Afirmó que el derecho de defensa se garantizó al darle a conocer al contribuyente la información recabada en el informe de auditoría y concederle la etapa de audiencia para que pudiera contradecirla.
  3. Confirmado 3 · La DGII justificó que el impuesto se determinó sobre una manifestación de riqueza (ingresos en cuentas bancarias) que el contribuyente no justificó. Por lo tanto, el cobro del impuesto respeta el principio de capacidad contributiva, ya que se basa en la existencia de renta obtenida.
  4. Confirmado 4 · La DGII defendió que su resolución y el informe de auditoría estaban debidamente motivados. Indicó que se detallaron los procedimientos, la información utilizada, los hallazgos y las bases legales, y que se especificaron los depósitos que no fueron justificados, proveyendo al contribuyente todos los elementos para su defensa.
  5. Confirmado 5 · La DGII argumentó que el contribuyente no proporcionó ninguna prueba sobre el origen o naturaleza de las transferencias recibidas del exterior. La simple anotación 'USA' en un estado de cuenta es insuficiente para determinar si la renta es de fuente extranjera y no gravable. Sin pruebas, no se puede descartar que la renta provenga de bienes o servicios vinculados al territorio salvadoreño.