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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 20 de diciembre de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia R1107009M

Todo contribuyente inscrito tiene la obligación formal de presentar sus declaraciones de impuestos dentro de los plazos legales, incluso si la declaración es 'a cero' por no tener actividad económica, no generar renta o no residir en el país. El incumplimiento de este deber formal conlleva sanciones.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Una contribuyente fue multada por presentar tardíamente su declaración de Impuesto sobre la Renta del año 2008. La contribuyente apeló argumentando que no reside en el país y no percibe ingresos, por lo que no estaba obligada a declarar. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa, estableciendo que la obligación formal de presentar la declaración es independiente de la existencia de impuesto a pagar o de la residencia del contribuyente.

Qué deja este caso

Todo contribuyente inscrito tiene la obligación formal de presentar sus declaraciones de impuestos dentro de los plazos legales, incluso si la declaración es 'a cero' por no tener actividad económica, no generar renta o no residir en el país. El incumplimiento de este deber formal conlleva sanciones.

Montos en disputa

$51.90

multa

$51.90

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente con una multa por presentar su declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2008 de forma extemporánea. La administración argumentó que la fecha límite era el 30 de abril de 2009 y la declaración fue presentada hasta el 8 de octubre de 2009, configurando la infracción tipificada en el Código Tributario. Sostuvo que la obligación de declarar es formal y subsiste aun cuando no haya impuesto a pagar.