Saltar al contenido
HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 27 de junio de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia I1809007TM

Para asegurar la deducción de créditos fiscales en compras mayores a 58 salarios mínimos, es crucial utilizar los medios de pago explícitamente mencionados en la ley (cheque, transferencia…

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

La DGII objetó créditos fiscales de IVA a un contribuyente porque pagó compras superiores a 58 salarios mínimos mediante depósitos en efectivo (remesas) en la cuenta bancaria de su proveedor, en lugar de usar cheque o transferencia electrónica. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión, argumentando que el uso del sistema financiero y la demostrada trazabilidad de los fondos (provenientes de ventas declaradas) cumplen con el propósito de control y transparencia de la ley, aunque no se siga el método de pago literal.

Qué deja este caso

Para asegurar la deducción de créditos fiscales en compras mayores a 58 salarios mínimos, es crucial utilizar los medios de pago explícitamente mencionados en la ley (cheque, transferencia, tarjetas). Sin embargo, si se utiliza un depósito en efectivo a la cuenta del proveedor, es fundamental mantener una contabilidad impecable que demuestre la trazabilidad y el origen lícito de los fondos, ya que esto permite argumentar que se cumple el espíritu de la ley, que es el control y la transparencia a través del sistema financiero.

Montos en disputa

$96,832.59

impuesto determinado

$24,631.39

multa

$105,377.36

crédito fiscal objetado

$121,463.98

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII objetó créditos fiscales de IVA por $105,377.36, correspondientes a compras que superaban los 58 salarios mínimos.
  2. Revocado 2 · La DGII impuso una multa de $24,631.39 por evasión no intencional, de acuerdo al Art. 253 del Código Tributario.