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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 1 de octubre de 2013 · Tasación/Multa

Sentencia I1305040M

Es una obligación formal ineludible emitir y entregar la factura o documento equivalente de forma inmediata al recibir el pago por una venta, sin esperar a que el cliente la solicite.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma una multa impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir y entregar una factura a un agente fiscal (fedatario) que actuaba como cliente. La contribuyente alegó que el agente fue impaciente y no esperó el documento, pero el Tribunal sostuvo que la obligación de emitir la factura es inmediata al momento del pago y que el acta del fedatario tiene pleno valor probatorio, validando así la sanción.

Qué deja este caso

Es una obligación formal ineludible emitir y entregar la factura o documento equivalente de forma inmediata al recibir el pago por una venta, sin esperar a que el cliente la solicite. La excusa de estar ocupado o que el cliente no esperó no es una defensa válida, ya que la ley no contempla plazos de espera y la infracción se configura en el instante en que no se entrega el documento.

Montos en disputa

$448.20

multa

$448.20

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente basándose en el acta de un fedatario que actuó como cliente.