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HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 24 de octubre de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia I1106010M

La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT) se determina por los ingresos obtenidos durante el semestre específico a reportar.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII impuso una multa a un contribuyente por no presentar el informe semestral de proveedores y clientes (F-987), basando la obligación en los ingresos del año fiscal anterior (2009). El contribuyente apeló, y el Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción. El Tribunal determinó que la obligación de informar nace si se alcanza el umbral de ingresos dentro del mismo semestre a reportar (enero-junio 2010), no en el ejercicio anual previo, por lo que la DGII no logró probar la existencia de la obligación.

Qué deja este caso

La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT) se determina por los ingresos obtenidos durante el semestre específico a reportar. Los contribuyentes deben verificar sus ingresos semestrales para establecer si están obligados, y no basarse en los ingresos totales del año anterior, ya que este criterio fue desestimado por el Tribunal.

Montos en disputa

$2,522.10

multa

$2,522.10

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no presentar el informe semestral de proveedores, clientes, acreedores y deudores (F-987) para el período de…