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HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 29 de septiembre de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia I1104006M

Para determinar si existe la obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 del Código Tributario), los ingresos deben calcularse y verificarse para el…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII impuso una multa a un contribuyente por no presentar el informe de proveedores y clientes (F-987) del primer semestre de 2010, basando la obligación en los ingresos del año 2009. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, estableciendo que la obligación de informar nace si el umbral de ingresos se supera durante el semestre a reportar (enero-junio 2010), no en el año anterior. La DGII no probó los ingresos del período correcto, por lo que la obligación no fue debidamente configurada.

Qué deja este caso

Para determinar si existe la obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 del Código Tributario), los ingresos deben calcularse y verificarse para el semestre específico que se va a reportar. No es válido utilizar los ingresos del ejercicio fiscal anterior para establecer dicha obligación.

Montos en disputa

$6,785.10

multa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no presentar el informe semestral de proveedores y clientes (F-987) para el período de enero a junio de 2010.