Sentencia C1204010M
La obligación de llevar un registro de control de inventarios es permanente y se considera relativa al ejercicio de imposición.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
La DGII sancionó a un contribuyente con $2,016.90 por no llevar un registro de control de inventarios conforme a la ley. El contribuyente alegó que los llevaba manualmente. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, no por el fondo del asunto, sino por un error de procedimiento de la DGII, que calculó la multa usando el balance general del año anterior (2010) en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), como lo exige el Art. 243 del Código Tributario para este tipo de infracción.
Qué deja este caso
La obligación de llevar un registro de control de inventarios es permanente y se considera relativa al ejercicio de imposición. Por tanto, cualquier sanción por su incumplimiento debe calcularse sobre el patrimonio del balance general del ejercicio fiscalizado. Es crucial que los registros de inventario, ya sean manuales o computarizados, cumplan con todos los requisitos de contenido del Art. 142-A del Código Tributario para ser considerados válidos.
Montos en disputa
$2,016.90
multa
$2,016.90
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Revocado 1 · La DGII impuso una multa a la contribuyente por omitir llevar un registro de control de inventarios para el período de junio de 2011, conforme al… Art. 243
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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