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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 25 de octubre de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia I1509004TM

Para acogerse a una amnistía fiscal, no basta con la intención o con cumplir parcialmente los requisitos (como presentar la declaración). Es imperativo cumplir con todas las condiciones establecidas en la ley, especialmente el pago del impuesto adeudado, ya que la sola presentación de la declaración sin el pago no otorga derecho a la exoneración de multas e intereses.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente apela una determinación de IVA y multas por evasión y omisión de declaración, alegando que intentó acogerse a una amnistía fiscal (Decreto 793) pero no pudo por problemas del sistema y esperó instrucciones. El Tribunal confirma la decisión de la DGII, ya que el contribuyente presentó las declaraciones pero nunca pagó el impuesto, un requisito indispensable para gozar de los beneficios de la amnistía, haciendo irrelevante su intención declarada.

Qué deja este caso

Para acogerse a una amnistía fiscal, no basta con la intención o con cumplir parcialmente los requisitos (como presentar la declaración). Es imperativo cumplir con todas las condiciones establecidas en la ley, especialmente el pago del impuesto adeudado, ya que la sola presentación de la declaración sin el pago no otorga derecho a la exoneración de multas e intereses.

Montos en disputa

$8,635.94

impuesto determinado

$34,683.44

multa

$43,319.38

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) determinó de oficio el IVA correspondiente a los períodos de mayo y noviembre de 2011, ya que la contribuyente omitió presentar las declaraciones respectivas para dichos meses.
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso dos multas: una por Evasión Intencional (Art. 254 CT) por no declarar el impuesto en varios períodos de 2011, y otra por Omitir la Presentación de la Declaración (Art. 238 CT) para los períodos de febrero a diciembre de 2011. La DGII sostuvo que aunque la contribuyente presentó tardíamente algunas declaraciones bajo una ley de amnistía fiscal (Decreto 793), no cumplió con el requisito esencial de pagar el impuesto, por lo que no podía gozar del beneficio de exoneración de multas.