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HazConta Leyes
Confirmatorio Aduana Notificada el 26 de octubre de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia A1512012M

Quien se beneficie de un régimen de importación temporal debe asegurarse de cancelarlo formalmente en una aduana habilitada antes de la fecha de vencimiento.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa de $20,178.90 impuesta a un contribuyente por no cancelar un permiso de importación temporal de un vehículo dentro del plazo de 60 días. El contribuyente alegó que el vehículo había salido hacia Guatemala, pero la prueba documental presentada fue desestimada por el Tribunal por ser extemporánea y carecer de las legalizaciones necesarias para ser válida en El Salvador.

Qué deja este caso

Quien se beneficie de un régimen de importación temporal debe asegurarse de cancelarlo formalmente en una aduana habilitada antes de la fecha de vencimiento. Si se necesita usar documentos de otro país como prueba, es crucial que estos cuenten con la debida cadena de legalización o apostilla para que sean admitidos y valorados en un proceso administrativo o judicial en El Salvador.

Montos en disputa

$20,178.90

multa

$20,178.90

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) sancionó al contribuyente por no haber cancelado el Régimen de Importación Temporal de Vehículos Usados (ARIVU)…