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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 27 de febrero de 2013 · Tasación/Multa

Sentencia I1206014M

Es una obligación ineludible emitir y entregar siempre el documento fiscal correspondiente (factura o equivalente) en todas las ventas, sin importar el monto o si el cliente lo solicita. El acta de un fedatario que constata el incumplimiento tiene un alto valor probatorio que es difícil de desvirtuar sin pruebas contundentes.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente fue multado por la DGII con $313.74 por no emitir una factura en una venta de $7.00, hecho constatado por un fedatario. El contribuyente apeló alegando irregularidades en el acta, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la multa, reafirmando el valor probatorio del acta del fedatario y la responsabilidad del contribuyente de probar sus alegaciones.

Qué deja este caso

Es una obligación ineludible emitir y entregar siempre el documento fiscal correspondiente (factura o equivalente) en todas las ventas, sin importar el monto o si el cliente lo solicita. El acta de un fedatario que constata el incumplimiento tiene un alto valor probatorio que es difícil de desvirtuar sin pruebas contundentes.

Montos en disputa

$313.74

multa

$313.74

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente porque un fedatario, actuando como cliente, realizó una compra en su establecimiento y no se le emitió ni entregó la factura correspondiente. La DGII sostiene que el acta de comprobación levantada por el fedatario tiene fe pública y prueba la infracción al artículo 107 del Código Tributario, y que las excusas del contribuyente no tienen asidero legal.