Sentencia C1206029M
La obligación de llevar control de inventarios se considera una obligación del ejercicio fiscal completo.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal revoca una multa de $1,868.40 impuesta por la DGII a una empresa por omitir llevar registros de control de inventarios. La revocatoria no se basa en que el contribuyente haya probado tener los registros, sino en un error de procedimiento de la DGII: para calcular la multa, utilizó el balance general del año anterior (2010) en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), lo cual es incorrecto según la interpretación del Tribunal del artículo 243 del Código Tributario.
Qué deja este caso
La obligación de llevar control de inventarios se considera una obligación del ejercicio fiscal completo. Por lo tanto, al calcular la multa por su incumplimiento, la Administración Tributaria debe utilizar como base el balance general del ejercicio fiscalizado, no el del año anterior. Un error en la base de cálculo de la sanción puede invalidar la multa impuesta.
Montos en disputa
$1,868.40
multa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente con una multa de $1,868.40 por omitir llevar registros de control de inventarios durante los períodos de enero a… Art. 243
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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