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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 28 de septiembre de 2012 · Tasación/Multa

Sentencia I1204006M

Es imperativo emitir y entregar la factura o documento equivalente por cada venta a un consumidor final en el preciso momento de la transacción. La subsanación posterior no elimina la infracción y solo puede servir para atenuar la sanción, por lo que el cumplimiento oportuno es la única forma de evitar multas.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir ni entregar una factura a un fedatario durante una compra de prueba. Aunque la contribuyente emitió la factura posteriormente, lo que sirvió como atenuante para reducir la sanción, el Tribunal desestimó sus argumentos de defensa y las pruebas presentadas tardíamente, ratificando que la infracción se consumó al momento de la venta.

Qué deja este caso

Es imperativo emitir y entregar la factura o documento equivalente por cada venta a un consumidor final en el preciso momento de la transacción. La subsanación posterior no elimina la infracción y solo puede servir para atenuar la sanción, por lo que el cumplimiento oportuno es la única forma de evitar multas.

Montos en disputa

$313.74

multa

$313.74

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente por omitir la emisión y entrega de una factura por la venta de un bolígrafo a un agente fedatario. La administración sostiene que la obligación de emitir el documento surge en el momento del pago, lo cual no ocurrió, configurándose la infracción tipificada en el Código Tributario.