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HazConta Leyes
Confirmatorio IVA Notificada el 29 de marzo de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia I1009002M

Todo contribuyente inscrito tiene la obligación formal de presentar sus declaraciones de impuestos en los plazos establecidos, independientemente de si ha tenido o no actividad económica. Para cesar esta obligación, es indispensable realizar el trámite de cancelación del registro de contribuyente y verificar su correcta finalización.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente fue sancionado con una multa por presentar de forma extemporánea siete declaraciones de IVA. A pesar de que las declaraciones eran 'a cero' por inactividad económica y el contribuyente alegó un error de su contador, el Tribunal confirmó la sanción, argumentando que la obligación de declarar persiste mientras se esté inscrito. No obstante, se mantuvo la rebaja del 75% de la multa por haber subsanado la omisión voluntariamente.

Qué deja este caso

Todo contribuyente inscrito tiene la obligación formal de presentar sus declaraciones de impuestos en los plazos establecidos, independientemente de si ha tenido o no actividad económica. Para cesar esta obligación, es indispensable realizar el trámite de cancelación del registro de contribuyente y verificar su correcta finalización.

Montos en disputa

$363.30

multa

$363.30

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por presentar fuera del plazo legal las declaraciones de IVA correspondientes a los períodos de enero a julio de 2009. Sostuvo que la obligación de declarar puntualmente persiste incluso si las declaraciones no generan un impuesto a pagar, y que la sanción se impuso conforme al artículo 238 literal b) del Código Tributario, aplicando una atenuante del 75% por subsanación voluntaria.