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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 19 de julio de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia C1902007M

El cumplimiento de cada obligación tributaria formal debe realizarse a través de los formularios y medios específicos que la ley y la Administración Tributaria establecen.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la multa impuesta a un contribuyente por no presentar el informe de inventario (Formulario F-983) en el plazo legal. El contribuyente argumentó haber cumplido al incluir la información en su declaración de Renta y solicitó ampararse en una ley de amnistía, pero el Tribunal determinó que son obligaciones distintas y que el cumplimiento se realizó fuera de la vigencia de la ley transitoria, la cual además no aplicaba para este tipo de obligación formal.

Qué deja este caso

El cumplimiento de cada obligación tributaria formal debe realizarse a través de los formularios y medios específicos que la ley y la Administración Tributaria establecen. Incluir información en una declaración diferente (como la de Renta) no sustituye la obligación de presentar el informe correspondiente (como el de inventarios F-983), y los beneficios de leyes de amnistía están estrictamente limitados a los plazos y condiciones que estas establecen.

Montos en disputa

$1,890.00

multa

$1,890.00

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente con una multa por no presentar el Formulario F-983 (Informe de Inventario) para el ejercicio 2017, incumpliendo la…