Sentencia C1205065M
La sanción por omitir llevar registros de control de inventarios, al ser una obligación de carácter permanente durante todo el ejercicio fiscal, debe calcularse sobre el patrimonio del…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
La DGII sancionó a un contribuyente con una multa de $2,016.90 por omitir llevar el registro de control de inventarios en julio de 2011. El contribuyente alegó un desperfecto en su computadora, pero sus pruebas fueron desestimadas. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, no por los argumentos del contribuyente, sino porque la DGII cometió un error al calcular la multa usando el Balance General del año 2010 en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), como lo exige la ley para este tipo de infracción.
Qué deja este caso
La sanción por omitir llevar registros de control de inventarios, al ser una obligación de carácter permanente durante todo el ejercicio fiscal, debe calcularse sobre el patrimonio del Balance General del ejercicio fiscalizado. Un error de la Administración Tributaria en la selección del balance a utilizar para el cálculo puede invalidar la multa impuesta.
Montos en disputa
$2,016.90
multa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Revocado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por omitir llevar registros de control de inventarios para el período de julio de 2011. Art. 243
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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