Sentencia C1205042M
La sanción por no llevar correctamente los registros de control de inventarios se considera una infracción relativa al ejercicio de imposición completo.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
Una contribuyente fue multada por la DGII por llevar registros de inventario deficientes en junio de 2011, calculando la sanción sobre el balance del año 2010. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, estableciendo que la obligación de llevar inventarios es anual, por lo que la base para el cálculo de la sanción debe ser el balance del ejercicio fiscalizado (2011) y no el del año anterior.
Qué deja este caso
La sanción por no llevar correctamente los registros de control de inventarios se considera una infracción relativa al ejercicio de imposición completo. Por lo tanto, la base para calcular la multa debe ser el balance general del año fiscalizado. Si la Administración Tributaria utiliza el balance del año anterior, la multa puede ser revocada por ser ilegal.
Montos en disputa
$2,016.90
multa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Revocado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente con una multa por llevar registros de control de inventarios sin cumplir los requisitos de los artículos 142 y… Art. 243
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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1 riesgo del catálogo se materializa en este caso
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