Saltar al contenido
HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 12 de diciembre de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia A1903003TM

La documentación aduanera oficial, como las declaraciones de mercancías de reexportación, constituye la prueba principal y prevalente para demostrar la correcta cancelación de un régimen temporal. Aunque es crucial mantener registros internos consistentes, las inconsistencias menores en ellos pueden ser subsanadas si se cuenta con la prueba documental idónea que demuestre el cumplimiento de la obligación aduanera de fondo.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Aduanas determinó impuestos (DAI, IVA) y dos multas a una empresa por supuestos faltantes en un régimen de admisión temporal y por entorpecer la fiscalización, basándose en discrepancias de fechas entre el Kardex y las facturas de exportación. El Tribunal de Apelaciones revocó la totalidad de la resolución, al constatar que la empresa sí demostró la reexportación de todas las mercancías con la documentación aduanera correspondiente y que las inconsistencias en registros internos no constituyen, por sí solas, una acción de entorpecimiento.

Qué deja este caso

La documentación aduanera oficial, como las declaraciones de mercancías de reexportación, constituye la prueba principal y prevalente para demostrar la correcta cancelación de un régimen temporal. Aunque es crucial mantener registros internos consistentes, las inconsistencias menores en ellos pueden ser subsanadas si se cuenta con la prueba documental idónea que demuestre el cumplimiento de la obligación aduanera de fondo.

Montos en disputa

$405.77

impuesto determinado

$9,244.20

multa

$9,649.97

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) impuso una multa al considerar que la sociedad entorpeció la fiscalización. El argumento se basó en que las fechas de las requisiciones de salida de cajas de cartón del Kardex no coincidían con las fechas de las facturas de exportación, lo que, a su juicio, impedía verificar el correcto uso de las mercancías importadas temporalmente.
  2. Revocado 2 · La DGA determinó el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA, más una multa, al presumir que mercancías (cajas de cartón) no fueron reexportadas y se consideraron importadas definitivamente. La DGA desestimó la documentación de descargo presentada por el contribuyente debido a las inconsistencias de fechas con los registros internos de inventario (Kardex).