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HazConta Leyes
Modificatorio Aduana Notificada el 27 de enero de 2012 · Tasación

Sentencia A1104005TM

Un importador que aplica un beneficio arancelario basándose en un certificado de origen proporcionado por el exportador, actúa, en principio, de buena fe.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Aduanas (DGA) liquidó Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA y aplicó multas a una empresa por importar mercancías de Honduras con un trato arancelario preferencial, que posteriormente se determinó no eran originarias. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó el cobro de los impuestos omitidos, pero revocó la totalidad de las multas. El TAIIA razonó que la responsabilidad de la veracidad del certificado de origen recae en el exportador, y el importador actuó de buena fe, sin que se pudiera demostrar dolo o culpa en su actuar que justificara una sanción.

Qué deja este caso

Un importador que aplica un beneficio arancelario basándose en un certificado de origen proporcionado por el exportador, actúa, en principio, de buena fe. Si la autoridad aduanera posteriormente determina que las mercancías no son originarias, el importador deberá pagar los impuestos correspondientes, pero no podrá ser sancionado con multas si no se demuestra que actuó con dolo o culpa, ya que la responsabilidad principal de la certificación de origen es del exportador.

Montos en disputa

$106,048.58

impuesto determinado

$317,529.33

multa

$423,577.91

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) sostuvo que el importador no puede intervenir en el procedimiento de verificación de origen, el cual se dirige…
  2. Confirmado 2 · La DGA argumentó que la suspensión de la resolución de origen cesó con la sentencia del Tribunal, por lo que los actos de liquidación posteriores son…
  3. Confirmado 3 · La DGA defendió la competencia del Subdirector General, citando el artículo 9 letra e) de su Ley Orgánica, que le faculta para emitir actos…
  4. Confirmado 4 · La DGA sostuvo que el plazo de caducidad es de cinco años, según lo establece la legislación nacional (Ley de Simplificación Aduanera), la cual…
  5. Confirmado 5 · La DGA indicó que los anexos son parte integral de la resolución, ya que se hace referencia a ellos en el cuerpo del acto y en el fallo, y fueron…
  6. Revocado 6 · La DGA imputó un comportamiento culposo al contribuyente, argumentando que, como buen comerciante, debió ser más diligente y realizar consultas…