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HazConta Leyes
Improponible Renta Notificada el 22 de mayo de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1904006D

Es fundamental identificar correctamente la naturaleza del acto administrativo a impugnar para elegir la vía procesal adecuada. Las resoluciones que deniegan devoluciones de impuestos no son apelables ante el TAIIA; la vía correcta para impugnarlas es el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, tal como lo indica la propia sentencia.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente apela ante el TAIIA la resolución de la DGII que le denegó la devolución de un excedente de Impuesto sobre la Renta por $4,451.75. El Tribunal declara improponible el recurso, argumentando que no tiene competencia para conocer sobre denegatorias de devolución, ya que su jurisdicción se limita a liquidaciones de oficio de tributos e imposición de sanciones.

Qué deja este caso

Es fundamental identificar correctamente la naturaleza del acto administrativo a impugnar para elegir la vía procesal adecuada. Las resoluciones que deniegan devoluciones de impuestos no son apelables ante el TAIIA; la vía correcta para impugnarlas es el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, tal como lo indica la propia sentencia.

Montos en disputa

$4,451.75

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió una resolución declarando sin lugar una solicitud de devolución de excedente de Impuesto sobre la Renta. Este acto no constituye una liquidación de oficio de tributos ni la imposición de una sanción, que son los únicos actos que pueden ser apelados ante el Tribunal de Apelaciones.