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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 30 de junio de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia R1602004M

La responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones tributarias es indelegable.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma las multas impuestas por la DGII a un contribuyente por enterar tardíamente el Impuesto sobre la Renta retenido y por presentar extemporáneamente el informe de retenciones (F-910). El contribuyente argumentó negligencia de su contador y falta de fondos por retrasos en pagos del Estado, pero el Tribunal determinó que la responsabilidad tributaria es indelegable y que los fondos retenidos pertenecen al Fisco, no al contribuyente, desestimando así la apelación.

Qué deja este caso

La responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones tributarias es indelegable. Confiar en un contador no exime al contribuyente de su deber de supervisar y asegurar que los impuestos, especialmente los retenidos a terceros, se declaren y paguen en tiempo y forma, ya que dichos fondos son propiedad del Fisco y su falta de entero no puede justificarse por problemas de liquidez.

Montos en disputa

$281.40

impuesto determinado

$639.20

multa

$920.60

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por dos infracciones: 1) Retener y enterar extemporáneamente el Impuesto sobre la Renta de los períodos de febrero…