Saltar al contenido
HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 27 de octubre de 2016 · Tasación/Multa

Sentencia C1606002M

Es fundamental que los registros de control de inventarios cumplan estrictamente con todos los requisitos del Código Tributario, en particular, la individualización de cada producto con su saldo actualizado en unidades y su valor monetario a precio de costo. Presentar un documento para subsanar que sigue siendo deficiente no evitará la imposición de la multa.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa impuesta por la DGII a una empresa por no llevar sus registros de control de inventarios conforme a la ley. A pesar de que el contribuyente presentó un registro para corregir la falta, este seguía siendo deficiente al no individualizar los productos ni mostrar saldos correctos en unidades y valor, por lo que la sanción fue ratificada.

Qué deja este caso

Es fundamental que los registros de control de inventarios cumplan estrictamente con todos los requisitos del Código Tributario, en particular, la individualización de cada producto con su saldo actualizado en unidades y su valor monetario a precio de costo. Presentar un documento para subsanar que sigue siendo deficiente no evitará la imposición de la multa.

Montos en disputa

$2,181.60

multa

$2,181.60

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por llevar registros de control de inventarios sin cumplir los requisitos legales para el ejercicio 2014. Específicamente, el registro presentado no mostraba un saldo acumulado de unidades en existencia ni el saldo monetario a precio de costo por cada tipo de producto, como lo exigen los numerales 11 y 14 del Art. 142-A del Código Tributario. Además, la DGII señaló que se incluyeron productos de muy distinta naturaleza y precio (ej. impresoras y equipos de resonancia magnética) en un mismo control, impidiendo un seguimiento claro y veraz del movimiento y valor de los bienes, violando el Art. 142 del mismo código.