Saltar al contenido
HazConta Leyes
Modificatorio Aduana Notificada el 13 de agosto de 2021 · Multa

Sentencia A2008001TM

Para que la determinación de un nuevo valor en aduana por parte de la autoridad sea legal, no basta con justificar el rechazo del valor declarado. Es indispensable que la autoridad motive y documente de forma explícita y detallada el descarte sucesivo de cada uno de los métodos de valoración previos (mercancías idénticas, similares, deductivo, reconstruido) antes de aplicar el método del 'Último Recurso'. La omisión de esta motivación secuencial invalida la nueva valoración.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente apeló una determinación de impuestos y multas de la Dirección General de Aduanas (DGA) por la valoración de llantas usadas. La DGA rechazó el valor declarado por falta de soporte contable y aplicó el método del 'Último Recurso'. El Tribunal confirmó la legalidad del rechazo del valor, pero revocó la nueva determinación de impuestos y la multa asociada, al considerar que la DGA no motivó adecuadamente por qué descartó los métodos de valoración previos, volviendo ilegal su actuación.

Qué deja este caso

Para que la determinación de un nuevo valor en aduana por parte de la autoridad sea legal, no basta con justificar el rechazo del valor declarado. Es indispensable que la autoridad motive y documente de forma explícita y detallada el descarte sucesivo de cada uno de los métodos de valoración previos (mercancías idénticas, similares, deductivo, reconstruido) antes de aplicar el método del 'Último Recurso'. La omisión de esta motivación secuencial invalida la nueva valoración.

Montos en disputa

$114,537.94

impuesto determinado

$114,842.11

multa

$229,380.05

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGA rechazó el valor de transacción declarado para llantas usadas, argumentando que la contribuyente no proporcionó la contabilidad y soportes necesarios para verificar el precio pagado, conforme al Art. 206(a) del RECAUCA. En consecuencia, determinó un nuevo valor aduanero aplicando el método del Último Recurso, basado en un dictamen técnico interno, lo que resultó en mayores impuestos y una multa tributaria.
  2. Confirmado 2 · La DGA impuso una multa administrativa a la contribuyente por la infracción tipificada en el Art. 5 literal e) de la Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras (LEPSIA). La razón fue no haber proporcionado la totalidad de la información y documentación solicitada durante el proceso de fiscalización, hecho que fue constatado en actas levantadas por el auditor.