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HazConta Leyes
Confirmatorio Aduana Notificada el 30 de enero de 2015 · Tasación

Sentencia A1302033TM

El valor en aduana declarado debe incluir la totalidad de los costos de transporte incurridos para la importación, sin importar a quién se le paguen.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó un pago complementario de IVA y una multa a un importador. El contribuyente omitió incluir en el valor en aduana los costos de flete que pagó a transportistas locales, declarando únicamente el flete facturado por su proveedor extranjero, a pesar de que existía un acuerdo privado de reintegro. El Tribunal estableció que todos los costos reales de transporte deben formar parte de la base imponible para los impuestos de importación.

Qué deja este caso

El valor en aduana declarado debe incluir la totalidad de los costos de transporte incurridos para la importación, sin importar a quién se le paguen. Los acuerdos privados con proveedores para el reembolso de gastos no eximen de la obligación de declarar el costo total y real ante la autoridad aduanera, ya que el valor de transacción debe reflejar todos los pagos efectuados para concretar la importación.

Montos en disputa

$15,169.49

impuesto determinado

$30,338.98

multa

$45,508.47

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó que el contribuyente no incluyó en el valor en aduana de sus importaciones los costos de fletes…
  2. Confirmado 2 · La DGA impuso una multa del 200% basada en el artículo 8 letra a) de la Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras.