Saltar al contenido
HazConta Leyes
Revocatorio IVA Notificada el 8 de noviembre de 2011 · Tasación/Multa

Sentencia I1106011M

La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT) se determina por los ingresos obtenidos dentro del mismo semestre a informar.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

La DGII multó a una empresa por no presentar a tiempo el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT), basando la obligación en los ingresos del año anterior. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, estableciendo el criterio de que la obligación de informar solo nace si el umbral de ingresos se supera en el mismo semestre a reportar. Dado que la DGII no probó que los ingresos del contribuyente en dicho semestre cumplieran el requisito, la obligación no se configuró legalmente y la sanción fue anulada.

Qué deja este caso

La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT) se determina por los ingresos obtenidos dentro del mismo semestre a informar. No se debe utilizar el total de ingresos del ejercicio fiscal anterior como parámetro para esta obligación específica.

Montos en disputa

$3,879.32

multa

$3,879.32

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente por no remitir el informe semestral de transferencias con proveedores y clientes (F-987) para el período de enero…