Saltar al contenido
HazConta Leyes
Revocatorio Código Tributario Notificada el 30 de enero de 2013 · Tasación/Multa

Sentencia C1204016M

La obligación de llevar un control de inventarios es de carácter anual.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

La Administración Tributaria (DGII) multó a una contribuyente con $2,016.90 por no llevar el registro de control de inventarios durante junio de 2011. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción, no porque la contribuyente cumpliera con su obligación, sino porque la DGII cometió un error al calcular la multa, utilizando el Balance General del año 2010 en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), como lo exige la ley para este tipo de infracción.

Qué deja este caso

La obligación de llevar un control de inventarios es de carácter anual. Por lo tanto, al sancionar su incumplimiento, la multa debe calcularse sobre el Balance General del ejercicio fiscal en que se detectó la falta, no sobre el del año anterior. Un error en la base de cálculo por parte de la autoridad fiscal puede invalidar la sanción.

Montos en disputa

$2,016.90

multa

$2,016.90

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII sancionó a la contribuyente por omitir llevar el registro de control de inventarios durante el período de junio de 2011.