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HazConta Leyes
Modificatorio Aduana Notificada el 4 de febrero de 2020 · Tasación/Multa

Sentencia A1906006TM

Las empresas que operan bajo regímenes aduaneros especiales, como Zonas Francas, deben verificar rigurosamente que cada bien importado (tanto materias primas como maquinaria) esté…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Una empresa usuaria de Zona Franca fue fiscalizada por la importación de maquinaria y tela. El Tribunal confirmó el cobro de impuestos y una multa sobre la maquinaria, ya que sus códigos arancelarios no estaban en la lista de bienes autorizados para el beneficio fiscal. Sin embargo, revocó la multa por un sobrante de tela no declarado, estableciendo que la sanción específica aplicada por la aduana (Art. 8 lit. a LEPSIA) solo es válida para regímenes de importación definitiva, y no para el régimen de Zona Franca, por violación al principio de tipicidad.

Qué deja este caso

Las empresas que operan bajo regímenes aduaneros especiales, como Zonas Francas, deben verificar rigurosamente que cada bien importado (tanto materias primas como maquinaria) esté explícitamente incluido en su acuerdo de autorización del Ministerio de Economía. La falta de esta verificación puede resultar en el pago total de impuestos y multas, anulando el beneficio fiscal pretendido.

Montos en disputa

$2,413.12

impuesto determinado

$2,252.10

multa

$4,665.22

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó que una secadora y una lavadora industrial importadas por la empresa no podían gozar de los beneficios fiscales del régimen de Zona…
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso una multa por la infracción del Art. 8 lit. b) de la LEPSIA, argumentando que la empresa intentó obtener un beneficio fiscal sobre…
  3. Confirmado 3 · La DGII determinó el cobro de impuestos sobre un sobrante de 433.50 kilogramos de tela encontrado durante la inspección física.
  4. Revocado 4 · La DGII impuso una multa basada en el Art. 8 lit. a) de la LEPSIA, por encontrar un sobrante de tela no declarado en la Declaración de Mercancías.