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HazConta Leyes
Confirmatorio Aduana Notificada el 23 de marzo de 2018 · Tasación/Multa

Sentencia A1701009TM

El importador es el responsable final del pago de los tributos aduaneros, y asume el riesgo si la certificación de origen proporcionada por el exportador resulta ser incorrecta.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que determina el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA por más de $1.3 millones a una empresa importadora. La determinación se origina porque las mercancías importadas (aceites) fueron declaradas como no originarias de Guatemala en un procedimiento de verificación previo, perdiendo así el beneficio de libre comercio. El Tribunal rechaza el argumento de prejudicialidad del importador, estableciendo que el proceso de verificación de origen y el de liquidación de impuestos son independientes y que el acto que denegó el origen es ejecutivo.

Qué deja este caso

El importador es el responsable final del pago de los tributos aduaneros, y asume el riesgo si la certificación de origen proporcionada por el exportador resulta ser incorrecta. Un proceso judicial contra la resolución que declara una mercancía como no originaria no suspende automáticamente la obligación de pagar los impuestos liquidados como consecuencia de dicha resolución, a menos que se obtenga una medida cautelar específica del tribunal.

Montos en disputa

$1,316,655.51

impuesto determinado

$1,316,655.51

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) sostiene que el acto administrativo que declaró las mercancías como no originarias es ejecutivo y produce…
  2. Confirmado 2 · La DGA afirma que la resolución que determina los impuestos está debidamente motivada.
  3. Confirmado 3 · La DGA determinó el cobro de DAI e IVA complementarios porque, tras un procedimiento de verificación, se concluyó que los 'Aceites para consumo…