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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 10 de noviembre de 2014 · Tasación

Sentencia A1309009TM

Para importaciones bajo el TLC México-Centroamérica, es crucial documentar adecuadamente que las mercancías permanecieron bajo control aduanero (por ejemplo, en un Depósito para…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente importó mercancías de origen mexicano que hicieron transbordo en un Depósito Aduanero en Guatemala y fueron facturadas por una entidad guatemalteca. La Dirección General de Aduanas negó el trato arancelario preferencial del TLC, argumentando que se rompió la 'bilateralidad' y la expedición directa. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, estableciendo que el transbordo en un país miembro y la facturación por un tercero están permitidos por el tratado siempre que la mercancía permanezca bajo control aduanero, lo cual fue probado.

Qué deja este caso

Para importaciones bajo el TLC México-Centroamérica, es crucial documentar adecuadamente que las mercancías permanecieron bajo control aduanero (por ejemplo, en un Depósito para Perfeccionamiento Activo - DPA) durante cualquier transbordo en otro país miembro. Esto, junto con un Certificado de Origen válido, permite mantener el trato arancelario preferencial incluso si la facturación se realiza desde el país de transbordo.

Montos en disputa

$12,019.29

impuesto determinado

$36,057.87

multa

$48,077.16

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La DGII negó el trato preferencial a mercancías originarias de México porque fueron transbordadas en Guatemala y facturadas por una empresa…
  2. Revocado 2 · La DGII impuso una multa del 300% de los tributos omitidos, de acuerdo al artículo 8 letra b) de la Ley Especial para Sancionar Infracciones…
  3. Revocado 3 · La DGII sostuvo que no hubo violación al derecho de defensa.