Saltar al contenido
HazConta Leyes
Confirmatorio Aduana Notificada el 20 de noviembre de 2013 · Tasación

Sentencia A1210002TM

Los beneficiarios de regímenes aduaneros suspensivos, como el de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, deben mantener controles de inventario y documentación de respaldo…

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), IVA y una multa del 300% a un Depósito para Perfeccionamiento Activo. La sanción se originó porque, tras una fiscalización, se encontraron faltantes de mercancía importada temporalmente y el contribuyente no pudo presentar la documentación para justificar su destino legal, activándose la presunción de transferencia de dominio.

Qué deja este caso

Los beneficiarios de regímenes aduaneros suspensivos, como el de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, deben mantener controles de inventario y documentación de respaldo exhaustivos y ordenados que permitan justificar en todo momento el destino de cada mercancía importada. La falta de justificación de faltantes activa una presunción legal de importación definitiva, lo que resulta en el cobro de impuestos y multas elevadas, y la carga de la prueba para desvirtuarla recae enteramente en el contribuyente.

Montos en disputa

$60,290.72

impuesto determinado

$180,872.16

multa

$241,162.88

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó, tras un inventario físico, la existencia de faltantes de mercancías importadas bajo el Régimen de…
  2. Confirmado 2 · La DGA inició el procedimiento administrativo sancionador sin antes ofrecer una etapa de regularización voluntaria.
  3. Confirmado 3 · La DGA basó su resolución en la falta de documentos presentados por la contribuyente y en una presunción legal, sin investigar activamente los hechos.
  4. Confirmado 4 · La DGA impuso una multa del 300% sobre los tributos omitidos, correspondiente a la infracción tributaria de transferencia de dominio.