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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 17 de julio de 2025 · Tasación/Multa

Sentencia 004-0125

Es crucial que tanto los importadores como las autoridades aduaneras conozcan y apliquen no solo las leyes locales, sino también las reglamentaciones y decisiones administrativas derivadas…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente apeló la determinación de impuestos y multa por la importación de mercancías, originada por presentar un Certificado de Origen sin firma bajo el TLC México-CA. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la Dirección General de Aduanas, declarando la nulidad absoluta del procedimiento original porque la aduana omitió conceder el plazo de 15 días para subsanar el error, una fase esencial establecida en la Decisión No. 9 del tratado.

Qué deja este caso

Es crucial que tanto los importadores como las autoridades aduaneras conozcan y apliquen no solo las leyes locales, sino también las reglamentaciones y decisiones administrativas derivadas de los tratados de libre comercio. Omitir una fase procedimental esencial prevista en dicha normativa, como un plazo para subsanar errores, puede invalidar todo el procedimiento administrativo, incluso si el error original fue del contribuyente.

Montos en disputa

$8,019.44

impuesto determinado

$8,019.44

multa

$16,038.88

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) sostuvo que su actuación fue correcta al negar el trato arancelario preferencial porque el certificado de…