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HazConta Leyes
Confirmatorio Código Tributario Notificada el 25 de febrero de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia C1810005M

La obligación de presentar el informe F-987 se activa si los ingresos totales del semestre (enero-junio o julio-diciembre) igualan o superan el equivalente a 2,753 salarios mínimos…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma una multa impuesta a un contribuyente por no presentar el informe de proveedores y clientes (F-987). El contribuyente argumentó erróneamente que el umbral de ingresos para esta obligación debía calcularse mensualmente, pero el Tribunal aclaró que, al ser una obligación semestral, el cómputo de ingresos también debe ser semestral, validando así la obligación y la sanción.

Qué deja este caso

La obligación de presentar el informe F-987 se activa si los ingresos totales del semestre (enero-junio o julio-diciembre) igualan o superan el equivalente a 2,753 salarios mínimos mensuales. El cálculo no se basa en los ingresos de un solo mes, sino en la suma de los seis meses del período correspondiente.

Montos en disputa

$704.76

multa

$704.76

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sancionó al contribuyente por no presentar el informe de proveedores, clientes, acreedores y deudores (F-987) del segundo semestre de 2016.