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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 15 de mayo de 2013 · Tasación

Sentencia A1203012TM

El concepto de 'obligaciones fiscales' se limita al pago de tributos y deberes formales asociados, no incluye los plazos para ejercer derechos procesales como la interposición de recursos.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente interpuso un recurso de revisión contra una resolución de la Aduana, pero la Dirección General de Aduanas (DGA) lo declaró inadmisible por extemporáneo. La DGA contó como día hábil una fecha que había sido declarada asueto nacional mediante decreto legislativo, argumentando que había una excepción para atender 'obligaciones fiscales'. El Tribunal de Apelaciones revoca la decisión de la DGA, estableciendo que el derecho a recurrir no es una 'obligación fiscal' y, por tanto, el día de asueto no debía contarse, lo que hace que el recurso del contribuyente haya sido presentado a tiempo.

Qué deja este caso

El concepto de 'obligaciones fiscales' se limita al pago de tributos y deberes formales asociados, no incluye los plazos para ejercer derechos procesales como la interposición de recursos. Un día declarado asueto por ley es inhábil para el cómputo de plazos de recursos, incluso si la administración tributaria habilita personal para atender pagos de impuestos.

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de revisión del contribuyente.