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HazConta Leyes
Modificatorio Código Tributario Notificada el 20 de marzo de 2024

Sentencia 006-0823

Es crucial presentar todos los informes tributarios a tiempo.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente, una cooperativa, fue multado por no presentar el informe F-915 de 2020 y presentarlo tarde en 2022. El Tribunal de Apelaciones modificó la multa de 2020, reduciéndola significativamente, porque la DGII aplicó la sanción máxima alegando no tener el balance general, cuando en realidad el contribuyente ya lo había presentado (F-971) antes de que se emitiera la sanción. La multa de 2022 fue confirmada.

Qué deja este caso

Es crucial presentar todos los informes tributarios a tiempo. Sin embargo, si se impone una multa, se debe verificar que la autoridad fiscal haya utilizado toda la información disponible para su cálculo. Un cálculo basado en información incompleta o desactualizada, como alegar la inexistencia de un documento que ya fue presentado, es un error de procedimiento que puede ser apelado para lograr una reducción de la sanción.

Montos en disputa

$900.00

multa

$900.00

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Parcial 1 · La DGII impuso una multa por no remitir el informe F-915 del ejercicio 2020.
  2. Confirmado 2 · La DGII sancionó al contribuyente por remitir de forma extemporánea el informe F-915 del ejercicio 2022.