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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 10 de diciembre de 2020 · Multa

Sentencia A1912013TM

Para cuestionar el origen de una mercancía y denegar un trato arancelario preferencial bajo un tratado de libre comercio, la autoridad aduanera no puede basarse en meras interpretaciones…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó impuestos (DAI e IVA) y una multa a un importador de llantas usadas, argumentando que se utilizó un criterio de origen incorrecto en el Certificado de Origen del CAFTA-DR. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión de la DGA, estableciendo que la autoridad aduanera se extralimitó en sus funciones al cuestionar el origen de la mercancía mediante una simple verificación a posteriori, en lugar de seguir el procedimiento formal de 'verificación de origen' estipulado en el tratado.

Qué deja este caso

Para cuestionar el origen de una mercancía y denegar un trato arancelario preferencial bajo un tratado de libre comercio, la autoridad aduanera no puede basarse en meras interpretaciones formales o hallazgos de una auditoría posterior. Es indispensable que inicie y complete un procedimiento formal de 'verificación de origen', que es el mecanismo legalmente establecido para determinar con certeza si un producto califica como originario.

Montos en disputa

$5,636.71

impuesto determinado

$5,636.71

multa

$11,273.42

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó que las llantas usadas importadas no gozaban de la preferencia arancelaria del CAFTA-DR.
  2. Revocado 2 · La DGA impuso una multa a la sociedad, de conformidad con el artículo 8 letra b) de la Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras (LEPSIA).