Sentencia A1906003OA
El plazo legal de quince días hábiles para presentar un recurso de apelación ante el TAIIA es perentorio e improrrogable.
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El apoderado de un contribuyente solicitó al Tribunal de Apelaciones una ampliación del plazo para interponer un recurso, argumentando que no contaba con la documentación necesaria. El Tribunal declaró la solicitud improcedente, estableciendo que el plazo legal de quince días hábiles es perentorio e improrrogable, y que la falta de pruebas no es un impedimento para la interposición del escrito de apelación.
Qué deja este caso
El plazo legal de quince días hábiles para presentar un recurso de apelación ante el TAIIA es perentorio e improrrogable. No se debe esperar a tener toda la documentación probatoria para interponer el recurso, ya que este debe presentarse dentro del plazo con las razones de hecho y derecho, y la prueba puede aportarse posteriormente según lo permita el procedimiento.
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · No se presenta una objeción de la DGII, ya que la resolución aborda una solicitud procesal del contribuyente dirigida al Tribunal. Art. 2
El punto del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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3 criterios del Tribunal con su cita textual, 1 documento que pesó y 2 errores del contribuyente
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1 riesgo del catálogo se materializa en este caso, 1 de nivel alto
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La resolución original del TAIIA, para citar con la página exacta
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