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HazConta Leyes
Confirmatorio Aduana Notificada el 15 de agosto de 2014 · Tasación

Sentencia A1307011TM

La clasificación arancelaria de productos alimenticios no debe basarse solo en la lista de ingredientes, sino en la función técnica de cada aditivo según las Notas Explicativas del Sistema…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente importó un producto lácteo en polvo ('Svelty Figura 0% Sin Grasa') clasificándolo como una preparación alimenticia (partida 19.01) debido a que contenía carragenina. La Dirección General de Aduanas, tras un análisis de laboratorio, lo reclasificó como leche en polvo (partida 04.02), argumentando que la carragenina es un estabilizante permitido. El Tribunal de Apelaciones confirmó la reclasificación, el cobro de impuestos omitidos (DAI e IVA) y la multa, estableciendo que la función del aditivo es clave para la clasificación.

Qué deja este caso

La clasificación arancelaria de productos alimenticios no debe basarse solo en la lista de ingredientes, sino en la función técnica de cada aditivo según las Notas Explicativas del Sistema Armonizado. La presencia de un aditivo permitido como estabilizante o emulsificante en un producto lácteo no lo convierte automáticamente en una 'preparación alimenticia' de otro capítulo, por lo que es crucial un análisis técnico-normativo para evitar ajustes fiscales y sanciones.

Montos en disputa

$972.43

impuesto determinado

$2,917.29

multa

$3,889.72

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) reclasificó el producto de preparación alimenticia (código 1901.90.40) a leche en polvo (código 0402.10.00).
  2. Confirmado 2 · La DGA impuso una multa equivalente al 300% de los derechos e impuestos dejados de pagar.