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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 20 de diciembre de 2013 · Tasación

Sentencia A1211006TM

Es crucial asegurar que todos los campos del Certificado de Origen sean llenados con precisión, especialmente el del 'exportador', que debe ser una entidad del país Parte del Tratado.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Administración Aduanera denegó el trato arancelario preferencial del TLC con México a un importador, determinando impuestos y una multa, porque el Certificado de Origen listaba como exportador a una empresa de EE.UU. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, considerando que se trataba de un error material no invalidante, ya que el resto de la documentación probaba que la mercancía era originaria y fue exportada desde México, y que la facturación por un tercero está permitida por el propio Tratado.

Qué deja este caso

Es crucial asegurar que todos los campos del Certificado de Origen sean llenados con precisión, especialmente el del 'exportador', que debe ser una entidad del país Parte del Tratado. Aunque un error formal pueda ser subsanado en apelación si se demuestra la realidad material de la operación, esto genera costos y contingencias que pueden evitarse con una correcta preparación documental desde el inicio.

Montos en disputa

$1,352.07

impuesto determinado

$4,056.21

multa

$5,408.28

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó que el Certificado de Origen era inválido porque en la casilla del exportador se consignó una empresa…
  2. Revocado 2 · La DGA impuso una multa del 300% sobre los tributos dejados de pagar, con base en los artículos 8 letra b) y 10 de la Ley Especial para Sancionar…