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HazConta Leyes
Modificatorio Aduana Notificada el 13 de enero de 2011 · Tasación

Sentencia A1004001TM

El importador es responsable de pagar los impuestos correctos si se demuestra que una mercancía no califica para un beneficio arancelario, pero no debe ser sancionado con multas si actuó de…

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Aduanas determinó el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA a un contribuyente que importó arroz de Guatemala con una exención del 0%, después de que un proceso de verificación concluyera que la mercancía no era originaria de ese país. El Tribunal de Apelaciones confirmó el pago de los impuestos, pero revocó la multa del 300% impuesta, al considerar que la responsabilidad y culpabilidad por la incorrecta declaración de origen recaía en el exportador y no en el importador.

Qué deja este caso

El importador es responsable de pagar los impuestos correctos si se demuestra que una mercancía no califica para un beneficio arancelario, pero no debe ser sancionado con multas si actuó de buena fe basándose en el certificado de origen proporcionado por el exportador. La culpabilidad es un requisito indispensable para la imposición de sanciones administrativas.

Montos en disputa

$16,953.06

impuesto determinado

$50,859.18

multa

$67,812.24

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) realizó un proceso de verificación al exportador en Guatemala y concluyó que no se pudo demostrar…
  2. Confirmado 2 · La DGA sostuvo que el procedimiento de verificación de origen es independiente y se sigue contra el exportador, no el importador.
  3. Revocado 3 · La DGA impuso una multa del 300% sobre los impuestos omitidos, tipificando la conducta en el art. 8 letra b) de la Ley Especial para Sancionar…