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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 12 de agosto de 2020 · Multa

Sentencia A1911004TM

Al importar mercancías con múltiples funciones, es crucial identificar la 'función principal' o 'carácter esencial' del producto para determinar la correcta clasificación arancelaria.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente importó bocinas multifuncionales clasificándolas como altavoces (partida 8518). La Dirección General de Aduanas reclasificó la mercancía como aparatos receptores de radiodifusión (partida 8527) por incluir una función de radio FM, determinando impuestos y una multa. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, estableciendo que la función principal es la de altavoz y la de radio es accesoria, por lo que la clasificación original del contribuyente era correcta.

Qué deja este caso

Al importar mercancías con múltiples funciones, es crucial identificar la 'función principal' o 'carácter esencial' del producto para determinar la correcta clasificación arancelaria. La presencia de funciones secundarias, como un receptor de radio en un altavoz, no necesariamente cambia la clasificación si la función principal (amplificar sonido) sigue siendo la predominante, lo cual debe ser respaldado por la documentación técnica como los manuales de usuario.

Montos en disputa

$12,691.91

impuesto determinado

$13,253.51

multa

$26,507.02

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó que las bocinas importadas, al incorporar un receptor de radio FM además de otras funciones como…