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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 5 de diciembre de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia A1903005TM

La Administración Tributaria o Aduanera debe probar fehacientemente sus objeciones a las declaraciones del contribuyente.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La Dirección General de Aduanas (DGA) reclasificó una resina alcídica importada por el contribuyente, cambiando el arancel de 0% a 5%, lo que generó una liquidación de impuestos y una multa. La DGA argumentó que el aceite de soya en la resina era 'secante' basándose en una presunción. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión de la DGA, determinando que esta no cumplió con su obligación de probar su reclasificación y violó el principio de verdad material al no investigar adecuadamente la naturaleza del producto.

Qué deja este caso

La Administración Tributaria o Aduanera debe probar fehacientemente sus objeciones a las declaraciones del contribuyente. No puede basar sus determinaciones en presunciones o en la falta de pruebas del administrado, ya que tiene la obligación de investigar y establecer la verdad material de los hechos para que sus actos estén debidamente motivados y sean legales.

Montos en disputa

$1,928.82

impuesto determinado

$1,928.82

multa

$3,857.64

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó que la resina alcídica 'DALKYD 260-01-W50' debía clasificarse en el inciso arancelario 3907.50.10.00…