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HazConta Leyes
Revocatorio Aduana Notificada el 13 de febrero de 2012 · Tasación

Sentencia A1101003TM

La adición de sustancias como azúcar y aromatizantes a una bebida espirituosa puede alterar su carácter esencial, impidiendo su clasificación en la subpartida del producto base (ej. vodka).

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

Un contribuyente apeló la decisión de la Dirección General de Aduanas de clasificar sus vodkas saborizados como 'licores' (partida 2208.70.00). El Tribunal de Apelaciones determinó que los productos no eran 'licores' según las notas explicativas, pero tampoco 'vodka' puro debido a los aditivos. En consecuencia, revocó la resolución y clasificó la mercancía en la categoría residual 'Los demás' (inciso 2208.90.90).

Qué deja este caso

La adición de sustancias como azúcar y aromatizantes a una bebida espirituosa puede alterar su carácter esencial, impidiendo su clasificación en la subpartida del producto base (ej. vodka). Si no encaja en otra subpartida específica (ej. licor), la clasificación correcta es la residual 'Los demás' de la partida correspondiente.

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Revocado 1 · La Dirección General de Aduanas (DGA) clasificó los productos 'Finlandia Fusion' como 'Licores' en la partida 2208.70.00.